Vivienda

El Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera gestiona la política municipal de viviendas a través del Área cuyos fines principales son:

  • Facilitar al ciudadano la posibilidad de acceso a una vivienda digna y adecuada a sus necesidades familiares en arrendamiento o en propiedad en las mejores condiciones, mediante la promoción de viviendas protegidas.
  • Contribuir con sus actuaciones a la rehabilitación del centro de la ciudad, el entorno del Casco Histórico y los barrios periféricos residenciales con intervenciones integrales en inmuebles y en el espacio público, para mejorar la accesibilidad rodada y peatonal, revitalizandolos para hacer de ellos un hábitat más amable para la vida de sus residentes.
  • Administración y gestión del parque municipal de viviendas de arrendamiento, así como su mantenimiento.
  • Gestión del Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida. Es imprescindible para acceder a cualquier tipo de vivienda protegida la inscripción en el Registro.

* Descárgate de los anexos que aquí aparecen el díptico informativo:

Plan municipal de vivienda y suelo de Aguilar de la Frontera

¿Qué es el Plan Municipal de Vivienda y Suelo?

La ley Reguladora del Derecho de Acceso a la Vivienda en Andalucía, BOJA nº 54 de 19 de Marzo de 2010, establece, en su artículo 13, para los municipios andaluces la obligación de aprobar un Plan Municipal de Vivienda y Suelo (PMVS) que satisfaga la demandas de viviendas en su término municipal, además de establecer y mantener un Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas y de aprobar (o modificar el existente) un planeamiento urbanístico que dote de los suelos necesarios para cubrir dicha demanda de viviendas.

El objetivo principal del PMVS es garantizar el acceso a una vivienda digna y de calidad a toda la ciudadanía, en función de su situación y necesidades familiares, sociales y económicas.

También se elabora para detectar las necesidades de conservación, mantenimiento y rehabilitación del parque de vivienda actual y fomentar la intervención mediante actuaciones de rehabilitación y mejora de las condiciones de habitabilidad, uso, eficiencia energética, accesibilidad universal, tanto en las edificaciones residenciales y edificios públicos, como en el espacio público urbano.

En este contexto, el Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera ha iniciado en este año 2018 los trabajos para la elaboración del primer PMVS al objeto de determinar las necesidades de vivienda de los habitantes del municipio y dar una respuesta que satisfaga dicha demanda.

El PMVS tiene una vigencia ilimitada, no obstante deberán ser revisados como mínimo cada cinco años, sin perjuicio de su posible prórroga o cuando precisen su adecuación al Plan Andaluz de Vivienda y Suelo. (art. 13 LRDAV)

La elaboración y aprobación de estos Planes se realiza de forma coordinada con el planeamiento urbanístico general, manteniendo la necesaria coherencia con lo establecido en los Planes Estatales y Autonómicos de esta materia. En la actualidad están vigentes el Plan Andaluz de Vivienda y Rehabilitación 2016-2020 y el recientemente publicado Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (RD 106/2018, de 9 de Marzo).

¿Cómo Participar en su elaboración?

El Ayuntamiento pretende la realización de este documento mediante una metodología participativa, de manera que permita conocer las inquietudes de la ciudadanía así como hacerlos participes en la elaboración de este Plan, de manera preferente a los periodos de información y participación pública legalmente establecidos.

Para la consecución de este objetivo se plantea tres líneas estratégicas de participación, como son:

  • A Través de la WEB municipal, aquí podéis encontrar información y el formulario anexo de participación en el Plan Municipal de Vivienda y Suelo, donde poder expresar de manera sucinta las demandas y sugerencias al objeto de su valoración por el Ayuntamiento:
  1. Formulario de Sugerencias para el Plan Municipal de Vivienda y Suelo.
  2. Encuesta de Participación en el Plan Municipal de Vivienda y Suelo.

Formulario de Sugerencias para el Plan Municipal de Vivienda y Suelo.

Participación en el Plan Municipal de Vivienda y Suelo de Aguilar de la Frontera.

Con este documento puedes realizar tu comentario, opinión o sugerencia en materia de VIVIENDA Y REHABILITACIÓN que se tendrá en cuenta en la redacción del Plan Municipal de Vivienda y Suelo (PMVS) que se está elaborando en nuestra localidad:

Encuesta de Participación en el Plan Municipal de Vivienda y Suelo.

Encuesta anónima elaborada por el Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera para obtener información directa para la elaboración del Plan Municipal de Vivienda y Suelo.

Muchas gracias por su colaboración.

Este formulario también se podrá presentar físicamente en el Registro General del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera.

  • Jornada de Información y Participación, próximamente se celebrará dicha jornada, con el objetivo de presentar e informar a toda la ciudadanía, de la aprobación inicial de Plan Municipal de Vivienda y Suelo de Aguilar de la Frontera.
  • El Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida es otro instrumento básico para determinar las necesidades de viviendas, la selección de adjudicatarios/as, en régimen de propiedad o alquiler, garantizándose el respeto a los principios de igualdad, publicidad y concurrencia. Es una base de datos que permitirá una planificación más precisa de las políticas de viviendas adaptándose a las necesidades reales del municipio que se van a recogen en el Plan Municipal de Vivienda y Suelo y en el que toda la ciudadanía que cumpla los requisitos establecidos legalmente puede inscribirse y dejar constancia de sus necesidades de vivienda.
  • Aprobado inicialmente el Plan Municipal de la Vivienda y Suelo de Aguilar de la Frontera.
  • Consulta aquí el plan Municipal de Vivienda y Suelo.

Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas

La normativa estatal y autonómica en materia de vivienda protegida, establece que a partir del año 2010 para ser adjudicatario de una vivienda protegida es obligatorio: estar inscrito en un Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas, de acuerdo con la Orden de 1 de Julio de 2009 de la Junta de Andalucía que a través de estos Registros, regula la selección de adjudicatarios de viviendas protegidas.

Los Registros Públicos de Demandantes de Viviendas Protegidas permiten un mejor conocimiento de la demanda real de vivienda protegida. Tendrán ámbito municipal siendo gestionados por cada Ayuntamiento de forma independiente.

El Pleno del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, en sesión de 20 de Noviembre de 2009, aprobó inicialmente las Ordenanza Municipal por la que se crea y regula el funcionamiento del Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas, publicándose en el BOP nº 218 de 20 Noviembre, y no habiéndose presentado reclamaciones contra el mismo, el acuerdo de aprobación inicial quedo elevado a definitivo, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el BOP, siendo esta publicación el dia 31 de diciembre de 2009 BOP nº 243. En dichas Normas Reguladora del Registro Municipal de Demandantes y de la Selección de adjudicatarios de Viviendas Protegidas.

¿Qué es?

El Registro Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas, es un instrumento que:

  • Proporciona información actualizada sobre necesidades de vivienda, permitiendo al Ayuntamiento adecuar sus políticas de vivienda y suelo.
  • Establece los mecanismos de selección para la adjudicación de viviendas de protección pública en el ámbito municipal. Es decir, para ser adjudicatario de una Vivienda Protegida, ya sea en compra, alquiler o alquiler con opción a compra, será necesaria la inscripción en el Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas.

El Registro facilita la adjudicación de vivienda garantizando los principios de publicidad, igualdad y concurrencia recogidos en la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de medidas para la vivienda protegida y el suelo.

Todas las viviendas protegidas de la ciudad de Aguilar de la Frontera, sean de iniciativa pública o privada, se adjudicarán a través de este Registro Público Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas, garantizando los principios de publicidad, igualdad y concurrencia.

¿Quienes pueden inscribirse?

Se podrán inscribir en el registro las personas físicas, mayores de edad, las unidades familiares o las unidades de convivencia que tengan interés en residir en el municipio.

Requisitos

El Reglamento Regulador de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivienda Protegida aprobado mediante DECRETO 1/2012, de 10 de enero, señala requisitos y procedimientos que deben seguirse para la adjudicación de vivienda protegida con el fin de garantizar los principios de igualdad, publicidad y concurrencia recogidos en la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de medidas para la vivienda protegida y el suelo . En términos generales son:

  • Ser mayor de edad.
  • No ser titular de una vivienda en propiedad, ni estar en posesión de la misma en virtud de un derecho real de uso o disfrute vitalicio.
  • Acreditar el solicitante o la unidad familiar o de convivencia unos ingresos que no excedan de 5,5 veces el IPREM para la Vivienda en Propiedad, de 2,5 veces el IPREM para el Alquiler y de 3,5 veces el IPREM para el Alquiler con Opción a Compra. En el caso de solicitar una vivienda en propiedad, se exigen unos ingresos mínimos de 1 vez el IPREM.
  • El empadronamiento en la ciudad de Aguilar de la Frontera durante los dos últimos años inmediatos a la inscripción. (pero no para la inscripción).

Solicitud de inscripción

Podrán solicitar la inscripción como demandantes de vivienda protegida en el Registro las personas físicas mayores de edad que tengan interés en residir en Aguilar de la frontera. Cuando varias personas formen una unidad familiar o una unidad de convivencia presentarán una única solicitud.

Los impresos de solicitudes se podrán obtener a través de la pagina web municipal o en el Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, plaza San José nº 1, en horario de 9’00 a 14’00 horas, de lunes a viernes.

 

** El cálculo de los ingresos familiares corregidos determina la obtención de beneficios y ayudas en materia de vivienda. Calcula tu IPREM, utilizando este enlace:

http://www.juntadeandalucia.es/fomentoyvivienda/portal-web/web/areas/vivienda/rehabilita_adecua/calculoingresosponderados

 

Plan de Vivienda y Suelo en Andalucía. 2016 - 2020

En este apartado tienes el acceso al contenido de dicho Plan, así como las noticias de interés relacionado con el mismo.

Decreto 141-2016 PVRA 2016-2020

Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación. 2018 - 2021

En este apartado tienes el acceso al contenido de dicho Plan, así como las noticias de interés relacionado con el mismo.

Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación. 2018 – 2021

Otros enlaces de interés en materia de Vivienda y Rehabilitación.