En la  sesión extraordinaria  celebrada por el Pleno de esta Corporación  el día 8 de julio de 2015,  se procedió a la constitución, composición y periodicidad de las comisiones informativas permanentes.  Aprobándose  por  unanimidad  de  los concejales presentes (16/17). Se acordó:
Constituir, conforme al art. 20 de la Ley de Bases del Régimen Local, la Comisión Especial de Cuentas, con las funciones que legalmente le corresponden.
 
La celebración de la Comisión Especial de Cuentas, cuando fuera necesario en función de su régimen legal, tendrá lugar el mismo día que la Comisión Informativa General, a continuación de ésta. Es decir, tendrán lugar el jueves, no festivo, inmediatamente anterior a la fecha de celebración de la sesión ordinaria del Pleno, en el despacho de Alcaldía del Ayuntamiento.
 
En caso de que el día señalado sea festivo, se podrá adelantar o retrasar la fecha sin que exceda de 7 días hábiles.
Igualmente,  de  forma  excepcional  y  por  razón  que  lo  aconseje,  que  deberá  ser motivada en la propia convocatoria, se podrá adelantar o retrasar la fecha y/u hora de celebración de la sesión ordinaria sin que dicho adelanto o retraso pueda exceder de 3 días hábiles.
 
 

Composición de la Comisión Especial de Cuentas.

Estará integrada por un concejal de cada uno de los distintos grupos políticos integrantes de esta Corporación.